REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, treinta (30) de enero de dos mil catorce (2014)
203º y 154º

De una revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente se observa que el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, estado Aragua (hoy, Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción del estado Aragua) en fecha 08 de agosto de 2007 declaró INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la abogada Amparo CAMPOS SILVA (INPREABOGADO Nº 28.713) actuando en su carácter de co-apoderada judicial del ciudadano CARLOS EUTIMIO JIMÉNEZ ROMERO (cédula de identidad Nº 8.551.838), contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO CHAGUARAMAS DEL ESTADO GUÁRICO, no obstante contra el referido fallo no se intentó recurso alguno, en virtud de lo cual debe declararse DEFINITIVAMENTE FIRME la aludida sentencia.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


La Secretaria Acc.


Abg. MARÍA A. DE FIGUEIREDO F.

Exp. Nº JE41-G-2006-000037
RADZ/MAFF/ggpr