REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, treinta y uno (31) de enero de dos mil catorce (2014)
203º y 154º
Vista la decisión dictada en fecha 05 de diciembre de 2013 por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, mediante la cual declaró DESISTIDO el recurso de apelación ejercido y a su vez declaró FIRME la sentencia dictada por el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua el 10 de octubre de 2011, que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por el abogado Luis Abraham RIZEK RODRÍGUEZ (INPREABOGADO Nro. 10.061) actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS HUMBERTO AGUILAR RAMÍREZ (Cédula de Identidad Nro. V- 10.491.555), contra el INSTITUTO AUTÓNOMO MUNICIPAL DEL DEPORTE Y LA RECREACIÓN DEL MUNICIPIO PEDRO ZARAZA DEL ESTADO GUÁRICO, en virtud de lo anterior, este Tribunal ordena notificar de la referida decisión al órgano querellado. Líbrese oficio.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abg. MARÍA A. DE FIGUEIREDO F.
Exp. Nº JE41-G-2010-000100
RADZ/MAFF/mpgn