ACTA

ASUNTO: JP51-L-2013-000230


PARTE ACTORA: NELLY JOSEFINA RENGIFO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-8.420.682.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: la Procuradora de los Trabajadores, ciudadana ELEIDA HERRERA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-10.496.279 en inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 158.066, en su carácter de abogada asistente, con domicilio procesal en la calle paraíso, número 29-A, Valle de la Pascua, estado Guárico, teléfonos (0235) 341.68.23 y 0426-644.17.57.
PARTE DEMANDADA: sociedad mercantil INVERSIONES Y SUMINISTRO EL SENTAURO, C.A., inscrita el 04 de septiembre de 2009 por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico bajo el número 31, Tomo 11-A SDO de los libros llevados por esa oficina pública, Registro de Información Fiscal número J298109270, y solidariamente el ciudadano JULIO CÉSAR MEJIAS CONTRERAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V.-9.372.232, con domicilio en la calle Principal de Vipedi, Edificio Neudy, Municipio Leonardo Infante, Parroquia Valle de la Pascua, Estado Guárico.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: los profesionales del derecho, ciudadanos JUAN VICENTE QUINTANA CONTRERA y ONELLA YSABEL PADRÓN ÁLVAREZ, ALIZBETH DEL VALLE QUINTANA PADRÓN y ANDRÉS ELOY BLANCO ESCORCHE, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad números V.-8.791.467, V.-10.979.349, V.-18.697.982 y V.-12.899.651 e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 107.703, 107.707, 151.402 y 158.595, respectivamente, representación que se evidencia de documento poder apud acta incorporado al folio 24 de las actuaciones, con domicilio procesal en la calle Las Flores, cruce con Atarraya, Centro Comercial Pacheco, Oficina 3 y 4, Valle de la Pascua, Estado Guárico, teléfonos 0235-341.87.15, 0414-296.82.31 y 0414-296.56.89.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS BENEFICIOS LABORALES.

En el día de hoy lunes tres (03) de febrero de dos mil catorce (2.014), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la AUDIENCIA PRELIMINAR en el asunto. Se deja constancia que se encuentra presente por la PARTE ACTORA, la Procuradora de los Trabajadores, ciudadana ELEIDA HERRERA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-10.496.279 en inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 158.066, en su carácter de abogada asistente de la ciudadana NELLY JOSEFINA RENGIFO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-8.420.682, con domicilio procesal en la calle paraíso, número 29-A, Valle de la Pascua, estado Guárico, teléfonos (0235) 341.68.23 y 0426-644.17.57. Igualmente se encuentra presente por la PARTE DEMANDADA, la profesional del derecho, ciudadana ONELLA YSABEL PADRON ALVAREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-10.979.349 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 107.707 en su carácter de coapoderada judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES Y SUMINISTRO EL SENTAURO, C.A., inscrita el 04 de septiembre de 2009 por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico anotado bajo el número 31, Tomo 11-A SDO de los libros llevados por esa oficina pública, con Registro de Información Fiscal número J298109270, y solidariamente el ciudadano JULIO CÉSAR MEJIAS CONTRERAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V.-9.372.232, ubicada en la calle Principal de Vipedi, Edificio Neudy, Municipio Leonardo Infante, Parroquia Valle de la Pascua, Estado Guárico, representación que se evidencia de documento poder apud acta incorporado al folio 24 de las actuaciones, con domicilio procesal en la calle Las Flores, cruce con Atarraya, Centro Comercial Pacheco, Oficina 3 y 4, Valle de la Pascua, Estado Guárico, teléfonos 0235-341.87.15, 0414-296.82.31 y 0414-296.56.89. En este estado el Tribunal deja constancia de la no comparecencia a esta Audiencia Preliminar de la TRABAJADORA, y luego de que el ciudadano Juez declaró abierto el acto e inicio el mismo, al revisar las actas que conforman el expediente y de identificadas las partes, se observa que la ciudadana NELLY JOSEFINA RENGIFO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-8.420.682, no asistió al acto, por lo que el accionante ha decidido voluntariamente no seguir, por falta de interés procesal o por cualquier otro motivo, con el presente proceso, lo que no perjudica ni limita sus derechos laborales de los que son titular, aunado a la circunstancia que no hay un pronunciamiento jurisdiccional definitivamente firme que por efecto de la cosa juzgada impida ni limite ejercer nuevamente su derecho de acción, toda vez que lo que se extingue es el proceso más no se resuelve el fondo de sus pretensiones laborales, y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se ordenó la devolución en este momento de los escritos de pruebas y se acuerda copia certifica del acta que se levanta de conformidad con el artículo 22 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE la presente decisión. Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
EL JUEZ


CRISTIAN OMAR FELIZ
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA



COAPODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA


LOREDIS CRISTINA DIAZ