REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2014-000004
PARTE ACTORA: RAMON ALEJANDRO CARDENAS NUÑEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÓ
PARTE DEMANDADA: SETECSA DE VENEZUELA C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARCELIS DEL C. BRITO GASPAR
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS

En el día hábil de hoy seis de febrero de dos mil catorce, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, previa distribución le correspondió a este Juzgado celebrar la misma, dándose inicio se deja expresa constancia que compareció la abogada MARCELIS DEL C. BRITO GASPAR, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 112.847, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada SETECSA DE VENEZUELA C.A., como se evidencia de insttrumento poder que presentó en original y copia simple, ad efectum videndi, que fuere otorgado 10 de abril de 2013, por ante la Notaría Pública Primera del Municipio Baruta del Estado Miranda, quedando anotado bajo el Nº 043, Tomo 034 de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaría. Verificado contenido y autenticidad del instrumento poder in comento, se observa que la copia presentada es copia fiel de su original, cuyo carácter se le otorga de conformidad con lo previsto en el artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Asimismo, se deja constancia que la parte actora ni sus apoderados judiciales comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo cual y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. No hay condenatoria en costas.

La Jueza
El Secretario

Abg. Milagros Jiménez
Abg. Eric Aponte


Apoderada judicial de la parte demandada
Abg. Marcelis Brito Gaspar