REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Juzgado Décimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, doce de febrero de dos mil catorce
203º y 154º

ASUNTO : AP31-S-2013-004218


SOLICITANTE: ADELA JOSEFINA BARRETO ACEVEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.690.366
APODERADO JUDICIAL DE LA SOLICITANTE: WUINFRE R. CEDEÑO VILLEGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 77.615.

MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.

Conoce este Tribunal de la presente solicitud, presentada por la ciudadana ADELA JOSEFINA BARRETO ACEVEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.690.366, asistida por el abogado WUINFRE R. CEDEÑO VILLEGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 77.615, donde solicita la Rectificación de su Partida de Nacimiento. Alega la solicitante que fue presentada por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 18 de agosto de 1956, según acta No. 727, la misma que acompaño marcada con la letra “A”, donde se le identifica a su madre como “PAULA ACEVEDO”, siendo esto incorrecto, ya que el nombre correcto es “PAULINA JACINTA ACEVEDO NAVAS”, por lo que la corrección debe versar sobre: PRIMERO: donde dice “…PAULA ACEVEDO …”, debe decir “…PAULINA JACINTA ACEVEDO NAVAS …”.
En fecha 20 de mayo del 2013, se admitió la solicitud de conformidad con lo establecido en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil y se ordenó librar boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público, en esa misma fecha se libró edicto.
En fecha 14 de octubre de 2013, compareció el apoderado judicial del solicitante y dejo constancia de haber retirado edicto y consignó copias simples a los fines de la elaboración de la boleta de notificación dirigida al Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 17 de octubre de 2013, se dictó auto mediante el cual se ordeno librar boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 13 de noviembre de 2013, compareció el ciudadano LUIS SERRANO, en su carácter de Alguacil adscrito a este Circuito Judicial, y consignó mediante diligencia boleta de notificación dirigida al Fiscal del Ministerio Público debidamente sellada y firmada.
En fecha 25 de noviembre de 2013, compareció la Abogado YNES DIAZ ORELLANA, en su carácter de Fiscal Nonagésima Primera del Ministerio Público especial para actuar en el sistema de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares, mediante la cual señalo que nada tiene que objetar respecto a la solicitud.
En fecha 20 de enero de 2014, compareció el apoderado judicial del solicitante, y consignó mediante diligencia edicto publicado en el diario Ultimas Noticias.
Cumplidos como han sido todos los trámites relativos al presente procedimiento de Rectificación de Partida de Nacimiento, este Tribunal Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO Nº: 727 del año 1956, que reposa en el Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, en los siguientes términos: PRIMERO: donde dice donde dice “…PAULA ACEVEDO …”, debe decir “…PAULINA JACINTA ACEVEDO NAVAS …”.

Publíquese, Regístrese, y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, a los doce (12) días del mes de Febrero del dos mil catorce (2014). Años: 203º y 154º.