REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial De Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes De La Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana De Caracas Y Nacional De Adopción Internacional
Tribunal Décimo Quinto (15°) De Primera Instancia De Mediación, Sustanciación
Caracas, 04 de Febrero de 2014
203º y 154º

ASUNTO: AP51-J-2014-000685
MOTIVO: Título de Únicos y Universales Herederos
SOLICITANTE: KELLY RACHEL CAMEJO BRUZUAL, Venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V- 20.871.707
DE CUJUS: BRALLAN REINALDO SALAZAR GARCIA

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana KELLY RACHEL CAMEJO BRUZUAL, Venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V- 20.871.707, en su carácter de madre del hijo del cujus GABRIEL ISAIAS, este Tribunal observa del acta de fecha 03/02/2014, cursante a los folios 12 y 13 del presente asunto, que fueron promovidos y evacuados las declaraciones de los testigos, ciudadanos MARLENI PERNIA ARELLANO y WILLIAM UZCATEGUI RAMIREZ plenamente identificados en dichas actuaciones, y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declaran las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, a su hijo, el niño ***, de once (11) meses de nacido y a la ciudadana KELLY RACHEL CAMEJO BRUZUAL, Venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V- 20.871.707, como beneficiarios del de cujus BRALLAN REINALDO SALAZAR GARCIA, quien en vida fuere titular de la cédula de identidad N° V-18.222.318. Por último, se acuerda el CIERRE Y ARCHIVO del presente asunto. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Décimo Quinto (15°) de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, al día cuatro (04) de Febrero de dos mil Catorce (2014). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
LA JUEZ

ABG. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA,

Abg. MARJORIE DIAZ

LCD/MD/Brey*