REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA, CON SEDE EN CALABOZO


JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, CALABOZO VEINTISEIS DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE (26/02/2014). AÑOS 203º DE LA INDEPENDENCIA Y 154º DE LA FEDERACION.

Recibida como ha sido la anterior diligencia, suscrita en fecha 21/02/2014, por el abogado José Rafael Rodriguez Rivas, inscrito en el inpreabogado bajo el número 93.959, con el carácter acreditado a los autos, mediante la cual interpone Recurso de Hecho, contra el auto dictado en fecha 20/02/2014. Al respecto, este Tribunal en resguardo de la garantía constitucional de la Tutela Judicial Efectiva, consagrada en el artículo 26 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela y en atención a lo establecido en el artículo 305 del Còdigo de Procedimiento Civil, acuerda el desglose de la diligencia, previa certificación en autos y su correspondiente remisión, mediante oficio, al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, a los fines legales consiguientes.
La Jueza Provisoria,

Xiomara Méndez Ramírez, La Secretaria,
Maribel Caro Rojas
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede
La Secretaria,


BXMR/MCR/ncl
Exp.011/11