REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, dieciocho (18) de febrero de dos mil catorce (2014)
203º y 154º
De una revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente se observa que este Juzgado en fecha 04 de noviembre de 2013 dictó sentencia en la presente causa mediante la cual declaró EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA SOBREVENIDA DEL INTERÉS PROCESAL el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por los abogados María Eugenia CUENCA SEGURA y Wilson Antonio LÓPEZ (INPREABOGADOS Nros. 63.583 y 60.134) actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano JUVALLE RAMÓN SILVA (cédula de identidad Nº 6.193.617) contra la COMISIÓN LEGISLATIVA DEL ESTADO GUÁRICO, no obstante contra el referido fallo no se intentó recurso alguno, en virtud de lo cual debe declararse DEFINITIVAMENTE FIRME la aludida sentencia.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2000-000007
RADZ/RJRF/ojgj