REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dieciocho (18) de febrero de dos mil catorce (2014)
203º y 154º

De una revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente se observa que el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, estado Aragua (hoy, Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua) en fecha 08 de agosto de 2007, dictó sentencia en la presente causa mediante la cual declaró LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano PABLO JOSÉ ARTEAGA FRAGOZA (cédula de identidad Nº 8.730.530), asistido de abogados, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO, no obstante contra el referido fallo no se intentó recurso alguno, en virtud de lo cual debe declararse DEFINITIVAMENTE FIRME la aludida sentencia.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,


Abg. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN


Exp. Nº JE41-G-2005-000026
RADZ/RJRF/ggpr