REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, diecinueve (19) de febrero de dos mil catorce (2014)
203º y 154º
De una revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente se advierte que:
En fecha 04 de marzo de 2008 el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua) dictó sentencia mediante la cual declaró INADMISIBLE el presente recurso.
El 12 de marzo de 2008 el apoderado judicial actor APELÓ del fallo supra mencionado.
En fecha 22 de enero de 2014 este Tribunal ordenó oficiar al Juzgado antes mencionado a los fines a los fines de que remitiese cómputo de los días de despacho transcurridos desde la publicación del fallo hasta la fecha en la cual la parte actora ejerció el recurso de apelación.
Remitido como fue el cómputo en fecha 14 de febrero de 2014, se evidencia que el recurso de apelación se interpuso el 5to día de despacho siguiente a la publicación de la sentencia.
Ahora bien, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 298 del Código de Procedimiento Civil, las partes disponen de un lapso de (05) cinco días de despacho para interponer el recurso de apelación, dicho lapso comenzó a transcurrir a partir del 05 de marzo de 2008, al día siguiente de la publicación del fallo que se pretende apelar.
Por tanto dicho recurso se interpuso dentro del lapso establecido, por lo que, este Órgano Jurisdiccional ADMITE la apelación interpuesta y en consecuencia, OYE EN AMBOS EFECTOS y ordena notificar a las partes, para que una vez conste en auto la última de las notificaciones se remitirá el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo como órgano ad quem según lo dispuesto en el artículo 110 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.
Se ordena la notificación de la parte actora por la cartelera de este Tribunal en virtud de que en fecha 09 de octubre de 2013 se ordenó la notificación por la referida cartelera por cuanto la ciudadana Yuly Aciego en su carácter de alguacil del Juzgado de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial de estado Aragua consignó infructuosa notificación y expuso: “… me trasladé a la siguiente dirección: CALLE RIVAS OESTE NÚMERO 29, ENTRE CALLE VARGAS Y SANCHEZ CARRERO (…) en dicho inmueble fui informada por el ciudadano JUAN DE DIOS ESPINOZA que no conocía a dicho ciudadano…” Líbrese boleta y oficio.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENÉ DEL JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2006-000100
RADZ/MAFF/mpgn