REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veinticuatro (24) de febrero de dos mil catorce (2014)
203º y 155º


Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, se advierte que en fecha 19 de septiembre de 2013 este Juzgado libró boleta de notificación dirigida la sociedad mercantil AEROHELICÓPTEROS C.A., en el recurso de nulidad que interpusiera contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO.Se observa además, que en fecha 18 de febrero de 2014 se recibió comisión proveniente del Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la cual el ciudadano Felwil Campos, en su carácter de alguacil del referido Juzgado expuso “…consigo mediante diligencia Boleta de Notificación sin firmar, librada a Sociedad Mercantil AEROHELICÓPTEROS C.A., ya que transcurrido mas de Cuarenta y Cinco días desde que fue librada la Boleta y hasta la presente fecha la parte actora no ha gestionado lo conducente ante la oficina de alguacilazgo para su citación …” por lo cual consignó la boleta sin firmar de la aludida sociedad mercantil, en virtud de ello se ordena su notificación a través de la publicación de la respectiva boleta en la cartelera de este Juzgado, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente según lo previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese boleta.
El Juez,



ABG. RAFAEL A. DELCE ZABALA

El Secretario,


Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN

Exp. Nº JE41-G-2001-000019
RADZ/RJRF/mpgn