REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veintiséis (26) de febrero de dos mil catorce (2014)
203º y 155º
De una revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente se observa que el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), en fecha 28 de noviembre de 2007 dictó sentencia, mediante la cual declaró INADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el abogado Jorge VEGA MEJIA (INPREABOGADO Nº 13.201) actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana CARMEN LUCRECIA ROJAS (cédula de identidad Nº 3.953.072) contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO DEL ESTADO GUÁRICO, no obstante contra el referido fallo no se intentó recurso alguno, en virtud de lo cual debe declararse DEFINITIVAMENTE FIRME la aludida sentencia.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2002-000038
RADZ/RJRF/ojgj