REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, cinco (05) de febrero de dos mil catorce (2014)
203º y 154º
Vista la decisión dictada en fecha 21 de noviembre de 2011 por el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por la ciudadana LIGIA ZORAIDA HERNÁNDEZ (cédula de identidad Nº 2.521.290), actuando en su nombre, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JULIÁN MELLADO DEL ESTADO GUÁRICO, mediante la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la acción interpuesta y ordenó el pago de conceptos de prestaciones sociales y de los intereses sobre dicha prestación de antigüedad, el pago de las vacaciones y bono vacacional correspondientes a los últimos diez (10) meses de servicios prestados por la querellante, entre otros beneficios ordenados. En fecha 15 de julio de 2013 mediante auto se ordenó notificar a la parte querellada1 de la experticia consignada en la presente causa.
Por tanto, este Órgano Jurisdiccional ordena oficiar al Síndico Procurador del Municipio Julián Mellado del estado Guárico, a fin de solicitarle información respecto a la oportunidad y forma de cumplimiento de la aludida decisión y de haber cumplido con la misma, deberá remitir las documentales de las cuales se verifique dicho cumplimiento. A tales efectos, se le otorga un plazo de treinta (30) días continuos, contados a partir de que conste en autos el recibo del oficio para que remita la aludida información. Líbrese oficio
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2009-000037
RADZ/MAFF/mpgn