En fecha 21 de ENERO del año 2014, los ciudadanos: YANETTE DE LA CARIDAD OCHOA RIOS y ELKIN ALONSO RIVERO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-9.883.404 y V-12.991.443, respectivamente, debidamente asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio JESUS DE LOS SANTOS ALAYON SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.841.861 inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº: 184.280, presentaron escrito de solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común y manifestaron que desde hace más de Cinco (05) años están separados. Para decidir, este Juzgado hace las siguientes consideraciones:

PRIMERO
En este procedimiento, se ha dado cabal cumplimiento a los trámites legales consagrados en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano.