En fecha 22 de ENERO del año 2014, los ciudadanos: YASMIN JOSEFINA PULIDO SOUBLET y ESTEBAN ANTONIO FIGUEIRA TOVAR, venezolanos, mayores de edad, casados, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.784.789 y V-9.889.727 respectivamente, debidamente asistido por el Abogado Mauro C. Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 101.367 presentaron escrito de solicitud de divorcio, por ruptura prolongada de la vida en común y manifestaron que desde hace más de Cinco (05) años están separados. Para decidir, este Juzgado hace las siguientes consideraciones:

PRIMERO
En este procedimiento, se ha dado cabal cumplimiento a los trámites legales consagrados en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano.