En fecha 27 de ENERO del año 2014, los ciudadanos: FREDDY CONCEPCION BARRADAS y REINA MARGARITA YLARRAZA DE BARRADAS, venezolanos, mayores de edad, casados, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.887.963 y V-10.670.857 respectivamente, debidamente asistido por el Abogado Antonio José Tesares, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.784.917, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 96.576 presentaron escrito de solicitud de divorcio, por ruptura prolongada de la vida en común y manifestaron que desde hace más de Cinco (05) años están separados. Para decidir, este Juzgado hace las siguientes consideraciones:
PRIMERO
En este procedimiento, se ha dado cabal cumplimiento a los trámites legales consagrados en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano.
|