En fecha 04 de Febrero del corriente año 2014, los ciudadanos: TULIO JOSE GUACARAN y ESTELA DEL CARMEN SANTAELLA FUNES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.888.548 y V-9.890.761, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio AKALIA YSABEL CORONADO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 187.915, presentaron escrito de solicitud de divorcio, por ruptura prolongada de la vida en común y manifestaron que desde hace más de cinco (05) años están separados. Para decidir, este Juzgado hace las siguientes consideraciones:

PRIMERO
En este procedimiento, se ha dado cabal cumplimiento a los trámites legales consagrados en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano