ASUNTO: JP51-L-2012-000213
Por cuanto se ha recibido el Expediente JP51-L-2012-000213, por concepto de cobro de Indemnizaciones por Cobro de prestaciones Sociales, incoado por el ciudadano JULIO CESAR RUIZ BOLIVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-8.792.439 en contra de la Sociedad Mercantil China Railway Engineering Corporation (VENEZUELA) Frente III y el Instituto de Ferrocarriles del Estado (I.F.E.) como tercero interviniente, este Juzgado pasa de seguidas a providenciar las mismas de conformidad con lo previsto en el Artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo de la manera siguiente:
PRUEBAS PROMOVIDAS POR EL DEMANDANTE
a) PRUEBA DE EXHIBICIÓN.
Se admite la solicitud de exhibición de las documentales marcadas “01” al “93”, insertas desde el folio 153 al folio 245, de la primera pieza, en tal sentido, la parte demandada deberá exhibir los originales de dichas documentales de conformidad con lo establecido en el artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
b) DOCUMENTALES:
Se admite las documentales marcadas “01” al “93”, cursantes desde el folio 153 al folio 245, de la primera pieza.
PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA DEMANDADA
a) DOCUMENTALES:
Se admiten las documentales marcada “A” inserta desde el folio 10 al folio 94, correspondiente a recibos de pago de nomina; marcada “B” inserta al folio 96 y 97, correspondiente a recibo de pago de liquidación final de trabajo; marcada “C” inserta desde el folio 99 al folio 105, correspondiente a recibo de pago de utilidades y vacaciones; marcada “D” inserta desde el folio 107 al folio 115, correspondiente a recibo de pago de pendientes; marcada “E” inserta desde el folios 117 al folio 144; correspondiente a recibo de pago de tarjeta de alimentación; marcada “F” inserta desde el folio 146 al folio 178: correspondiente a reporte detallado de nomina desde el inicio de la relación de trabajo hasta el final de la misma, de la segunda pieza.
b) EXHIBICIÓN.
Se admite la solicitud de exhibición de los documentos marcada “A” inserta desde el folio 10 al folio 94, correspondiente a recibos de pago de nomina; marcada “B” inserta al folio 96 y 97, correspondiente a recibo de pago de liquidación final de trabajo; marcada “C” inserta desde el folio 99 al folio 105, correspondiente a recibo de pago de utilidades y vacaciones; marcada “D” inserta desde el folio 107 al folio 115, correspondiente a recibo de pago de pendientes; marcada “E” inserta desde el folios 117 al folio 144, de la segunda pieza; en tal sentido, la parte actora deberá exhibir los originales de dichos documentos de conformidad con lo establecido en el artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
c) INFORMES
Admite solicitud de Informe en los términos requeridos por el promovente, en tal sentido, se acuerda librar los oficios respectivos al INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S.), con sede en esta ciudad de Valle de la Pascua, Estado Guárico; al BANCO PROVINCIAL, con sede en esta localidad de Valle de la Pascua, específicamente en la Avenida Rómulo Gallegos; al BANCO BICENTENARIO con sede en esta localidad de Valle de la Pascua, en la Avenida Rómulo Gallegos y a la empresa SODEXO PASS, con sede en la ciudad de Puerto la Cruz específicamente en la Avenida Jorge Rodríguez, Municipio Diego Bautista Urbaneja, Edificio Las Garzas, Piso número 03, Oficina número 05, Lechería-Puerto la Cruz Estado Anzoátegui; todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PRUEBAS PROMOVIDAS POR EL TERCERO INTERVINIENTE
a) DOCUMENTALES:
Se admite las documentales promovidas por el tercero interviniente, vale decir, Contrato de Ejecución de Obra Ferroviaria, cursante desde el folio 28 al folio 66, de la primera pieza.
Dándose por providenciadas las pruebas promovidas por las partes en la presente causa.
EL JUEZ
JAVIER IGNACIO SCHMILINSKY ATENCIO
LA SECRETARIA,
INDIRA DEL VALLE MORA PEÑA
JISA/IMP/imp.-
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