ASUNTO: JP51-L-2013-000038


Por cuanto se ha recibido el Expediente JP51-L-2013-000038, por concepto de cobro de prestaciones sociales, incoado por la ciudadana CARMEN RAMONA GONZÁLEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-9.917.516 en contra de la Empresa COMERCIALIZADORA MAKRO. S.A., este Juzgado pasa de seguidas a providenciar las mismas de conformidad con lo previsto en el Artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo de la manera siguiente:


PRUEBAS PROMOVIDAS POR EL DEMANDANTE:

a) DOCUMENTALES

Se admiten las documentales marcada “A” insertas desde el folio 71 al 194, de la primera pieza.

b) INFORME

Se inadmite la solicitud de Informe al INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S.), por cuanto no especifica en que consiste tal solicitud.


PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA DEMANDADA:


a) DOCUMENTALES

Se admiten las documentales marcada “A” inserta al folio 201, correspondiente a renuncia de la trabajadora; marcada “B” inserta al folio 202, correspondiente a liquidación del fondo fiduciario que la trabajadora mantenía con su empleadora; marcada “C” inserta al folio 203 correspondiente a liquidación de prestaciones y de otros conceptos; marcadas “D” insertas al folio 204 y 205 correspondientes a copia del cheque Nº 32890547 y recibo del mismo; marcada “E” inserta al folio 206; correspondiente a histórico de sueldos; marcadas “F” insertas al folio 207 y 208 correspondientes a constancia de pago y disfrute de vacaciones periodo 2005-2006; marcadas “G” insertas al folio 209 y 210 correspondientes a constancia de pago y disfrute de vacaciones periodo 2006-2007; marcadas “H” insertas al folio 211 y 212 correspondientes a constancia de pago y disfrute de vacaciones periodo 2007-2008; marcadas “I” insertas al folio 213 y 214 correspondientes a constancia de pago y disfrute de vacaciones periodo 2008-2009; marcadas “J” insertas al folio 215 y 216 correspondientes a constancia de pago y disfrute de vacaciones periodo 2009-2010; marcadas “K” insertas al folio 217 y 218 correspondientes a constancia de pago y disfrute de vacaciones periodo 2010-2011; marcadas “L” insertas al folio 219 y 220 correspondientes a constancia de pago y disfrute de vacaciones periodo 2011-2012; marcadas “M” insertas al folio 221 y 222 correspondientes a pago de vacaciones de los años 2006, 2007, 2011 y 2012; marcadas “Ñ” insertas desde el folio 223 hasta el folio 225 correspondientes a comprobantes de pago de utilidades durante el periodo 01-01-2005 al 31-12-2011; marcadas “O” insertas desde el folio 227 hasta el folio 257 correspondientes a comprobantes de prestamos acreditados a favor de de la actora, de la primera pieza y marcadas “P” insertas desde el folio 03 al folio 24 correspondientes a comprobantes de anticipos sobre prestaciones acreditados a favor de la actora, de la segunda pieza.


b) INFORMES

Admite solicitud de Informe en los términos requeridos por el promovente, en tal sentido, se acuerda librar los oficios respectivos a Banco Venezolano de Crédito Banco Universal, agencia Valle de la Pascua, ubicada en las instalaciones de la tienda local de MAKRO, final de la Av. Rómulo, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

c) TESTIMONIALES

Se admiten como prueba testimonial las ciudadanas MARIBEL SOUBLETT, venezolana, mayor de edad, con domicilio en esta ciudad y titular de la cédula de identidad Nº 10.975.710; ELVIRA KATIUSKA PEREZ, venezolana, mayor de edad, con domicilio en esta ciudad y titular de la cédula de identidad Nº 8.276.269 y el ciudadano ADRIANO PABON, venezolana, mayor de edad, con domicilio en esta ciudad y titular de la cédula de identidad Nº 11.636.580.


Dándose por providenciadas las pruebas promovidas por las partes en la presente causa.


EL JUEZ



JAVIER IGNACIO SCHMILINSKY ATENCIO

LA SECRETARIA,


INDIRA DEL VALLE MORA PEÑA







JISA/IMP/mm.-