REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA, CON SEDE EN CALABOZO
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, CALABOZO. QUINCE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE (15/07/2.014). AÑOS 204º DE LA INDEPENDENCIA Y 155º DE LA FEDERACION.
Visto el escrito, presentado en fecha 11/06/2.014, suscrito por la abogada Rayda Giralda Riera Lizardo, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 48.867, quien actúa en su carácter de Coapoderada Judicial de la parte actora la Sociedad Mercantil Mercantil, C.A Banco Universal, con domicilio en la ciudad de Caracas, originalmente inscrito en el Registro de Comercio que llevaba el antiguo Juzgado de comercio del Distrito Federal, el 3 de abril de 1925, bajo el Nº 123, cuyos estatutos sociales modificados y refundidos en un sólo texto constan de asiento inscrito en el Registro Mercantil Primero del Distrito Capital y Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 28 de septiembre de 2011, anotado bajo el Nº 46, Tomo 203-A, Registro Fiscal Nº J-00002961-0, y el ciudadano José Melquíades Sierra, venezolano, mayor de edad, titular de las cedula de identidad Nº V- 2.355.529, domiciliado en la Parcela 9, Carretera A, del Sistema de Riego Rió Guarico, Carretera Nacional vía San Fernando-Calabozo, Estado Guárico, en su condición de codemandado en la presente causa, asistido por el Defensor Público Agrario abogado José Arquímedes Díaz, contentivo de convencimiento suscrito entre las partes supra identificadas, en el Juicio por Acción Derivada de Crédito Agrario. Esta Instancia Judicial Agraria, observa, de los términos del acuerdo suscrito, que se encuentra sometido a condición en el tiempo, en consecuencia de lo cual, estima que su homologación, deberá ser resuelta una vez conste en autos el cumplimiento de los términos acordados.
La Jueza Provisoria,
Xiomara Méndez Ramírez La Secretaria,
Maribel Caro Rojas
XMR/MCR/rm
Exp. 273-14