REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA, CON SEDE EN CALABOZO
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, CALABOZO. VEINTIDOS (22) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE (2.014). AÑOS 204º DE LA INDEPENDENCIA Y 155º DE LA FEDERACION.-
Vista la anterior diligencia suscrita en fecha 17/07/2.014, por el abogado Juan Rafael Aguirre Herrera, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 128.864, en su carácter de coapoderado judicial de la parte demandante, entidad financiera Mercantil, C.A Banco Universal, mediante la cual solicita la ejecución de la transacción celebrada en fecha 18/02/2014. Destaca esta Instancia Judicial Agraria, que por auto de fecha 21/02/2014, cursante al folio 41, se consideró que la homologación solicitada, debía ser resuelta una vez conste en autos el cumplimiento de los términos acordados, en consecuencia, no habiéndosele impartido la homologación mal podría acordarse su ejecución, razón por la que es forzoso negar lo solicitado.
La Jueza Provisoria,
Xiomara Méndez Ramírez La Secretaria,
Maribel Caro Rojas
XMR/MCR
Exp. 263-13