REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, diez (10) de julio de dos mil catorce (2014)
204º y 155º
Visto que en fecha 04 de junio de 2014 la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia acordó concederle el disfrute de las vacaciones correspondientes al periodo 2012-2013 al Abog. Rafael Antonio Delce Zabala Juez de este Órgano Jurisdiccional, en virtud de lo cual se convocó mediante oficio Nº JSCAG-135-2014 de fecha 25 de junio de 2014 al Abog. René del Jesús Ramos Fermín quien manifestó su aceptación para ocupar el cargo de Juez Temporal de este Juzgado.
Advierte este Juzgado que en fecha 12 de junio de 2014 mediante decisión Nº PJ0102014000069 se declaró INCOMPETENTE para seguir conociendo del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el ciudadano PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO GUÁRICO, contra “…la ORDENANZA SOBRE EL CONSEJO LOCAL DE PLANIFICACIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO ‘LEONARDO INFANTE’ DEL ESTADO GUÁRICO, contenida en la Gaceta Municipal Ordinaria Nº 0021 de fecha 10 de Abril del 2014…”. Y ordenó remitir la presente causa, conformado por una (01) pieza contentiva de trescientos veintidós (322) folios útiles y un (01) cuaderno de medida constante de trescientos trece (313) folios útiles, a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia mediante oficio Nº JE41OFO2014000462.
Ahora bien, se observa que en esta misma fecha, ante la unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Juzgado, se recibió constancia emanada de la referida Sala donde se indica no poder ingresar el expediente por no coincidir la foliatura con los datos del oficio, en virtud de ello este Juzgado procede a realizar las correcciones pertinentes a los fines de remitir nuevamente el presente asunto a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Líbrese oficio.
El Juez Temporal,
Abog. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN
La Secretaria Temporal,
Abog. MARÍA A. DE FIGUEIREDO F.
Exp. Nº JP41-G-2014-000040
RJRF/MAFF/ojgj