REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, dieciocho (18) de julio de dos mil catorce (2014)
204º y 155º
Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº AP42-R-2013-001586 proveniente de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, mediante oficio Nº 2014-5004, de fecha 07 de julio de 2014, contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el abogado Carlos Ysmáyel TORREALBA (INPREABOGADO Nº 116.734), actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ÁNGEL FRANCISCO MÁRQUEZ (Cédula de Identidad Nº 4.393.108) contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO. Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por la referida corte en fecha 17 de febrero de 2014, la cual declaró “…1. Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto (…) 2. DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto. 3. ANULA el fallo apelado por orden público. 4. ORDENA remitir el expediente al referido Juzgado Superior, a los fines de que se pronuncie sobre las otras causales de inadmisibilidad a excepción de la caducidad y de ser procedente, emita el pronunciamiento de Ley…”. (Negrillas y mayúsculas del texto). Este Órgano Jurisdiccional, ordena darle entrada al presente asunto y registrar su REINGRESO en los Libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
El Juez Temporal,
Abog. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN
La Secretaria Temporal,
Abog. MARÍA A. DE FIGUEIREDO F.
Exp. Nº JE41-G-2006-000082
RJRF/MAFF/ojgj