REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veinticinco (25) de julio de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

Visto que en fecha 04 de junio 2014 la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia acordó concederle el disfrute de las vacaciones correspondientes al periodo 2012-2013 al Abog. Rafael Antonio Delce Zabala Juez de este Órgano Jurisdiccional, en virtud de lo cual se convocó mediante oficio Nº JSCAG-135-2014 de fecha 25 de junio de 2014 al Abog. René del Jesús Ramos Fermín quien manifestó su aceptación para ocupar el cargo de Juez Temporal de este Juzgado, es por lo que se ABOCA al conocimiento de la presente causa.

En consecuencia, se ordena notificar a las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en el entendido de que transcurrido el término de diez (10) días continuos contados a partir del día siguiente a que conste en autos la última de las notificaciones, comenzarán a transcurrir los cinco (5) días de despacho a que se refiere el artículo 48 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.451 del 22 de junio de 2010, a los fines de que las partes puedan hacer uso del derecho consagrado en la mencionada norma. Una vez vencido dicho lapso, la causa reanudará su curso al estado en que se encuentra, esto es, la celebración de la audiencia definitiva.

En virtud de que se ordenó la notificación de la parte actora, se advierte que el 03 de julio de de 2013 el Tribunal comisionado consignó boleta infructuosa dirigida al ciudadano Oscar Raúl Ceballos López y por ello en fecha 29 de octubre de ese año se ordenó la notificación del querellante a través de la cartelera de este Juzgado de conformidad con lo establecido en los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente según lo previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se ordena la notificación del querellante a través de la publicación de la respectiva boleta en la cartelera de este Órgano Jurisdiccional.
El Juez Temporal,



Abog. RENÉ DEL JESÚS RAMOS FERMÍN

La Secretaria Temporal,



Abog. MARÍA A. DE FIGUEIREDO F.


Exp. Nº JE41-G-2005-000101
RJRF/MAFF/ojgj