REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, treinta (30) de julio de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

No quedando alguna otra actuación por realizar este Órgano Jurisdiccional declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente expediente, conformado por dos (2) pieza la primera constante de trescientos veintisiete (327) folios útiles y la segunda de ciento cinco (105) folios útiles y dos (2) piezas de antecedentes administrativos.
El Juez Temporal,



Abog. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN

La Secretaria Temporal,



Abog. MARÍA A. DE FIGUEIREDO F.



Exp. Nº JE41-G-2006-000106
RJRF/MAFF/ojgj