REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, treinta (30) de julio de dos mil catorce (2014)
204º y 155º
Visto que en fecha tres (03) de este mismo mes y año, la representación judicial de la parte querellada mediante diligencia consignó, copias certificada de los antecedentes administrativos de la querellante, este Juzgado, ordena agregar a los autos y abrir el respectivo cuaderno separado.
El Juez Temporal,
Abog. RENÉ DEL JESÚS RAMOS FERMÍN
La Secretaria Temporal,
Abog. MARÍA A. DE FIGUEIREDO F.
Exp. Nº JP41-G-2014-000044
RJRF/MAFF/ mpgn