REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR CUARTO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
Caracas, dos (2) de junio de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

ASUNTO: AP51-R-2014-009713

Vista la diligencia de fecha quince (15) de mayo de 2014, suscrita por la abogada MARIA PEÑA FERNANDEZ, Defensora Pública Auxiliar Primera (1°) en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y consignada por ante el Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito de Protección, y posteriormente remitido ante este Juzgado en fecha 28/05/2014 mediante oficio Nº 12859, el cual es del tenor siguiente “…Ciudadano Juez, concurro ante su digno juzgado a con el objeto de notificar mi voluntaria decisión de DESISTIR del Recurso de Apelación que consigne en la presente causa, y por ende de posteriores acciones que pudiera intentar en este asunto…” este Tribunal Superior Cuarto (4°) administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el presente DESISTIMIENTO en los mismos términos y condiciones expuesto por ello.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en este Tribunal Superior Cuarto del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En caracas, a los dos (2) días del mes de Junio de dos mil catorce (2014). Años 204° de la Independencia 155° de la Federación.
LA JUEZ

ABG. JOOCMAR OVIEDO CONTRERAS
LA SECRETARIA

ABG. NELLY GEDLER MENDOZA



JOC/NGM/jart
AP51-R-2014-009713