REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, doce (12) de junio de dos mil catorce (2014)
204º y 155º
Definitivamente firme como se encuentra la sentencia dictada en la presente causa, este Juzgado Superior, declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente expediente, conformado por una (1) pieza contentiva de veintisiete (27) folios útiles.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abog. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2007-000110
RADZ/RJRF/ojgj