REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veinte (20) de junio de dos mil catorce (2014)
204º y 155º
Vista la diligencia de fecha 17 de junio de 2014 mediante el cual el abogado Rafael Tobías SALASAR GUZMAN (INPREABOGADO Nº 139.523), en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERCIONES TURÍSTICAS LOS MORROS, INTUMOCA C.A, se dio por notificado y apeló de la sentencia Nº PJ0102014000051 dictada por este Juzgado en fecha 13 de mayo de 2014 que declaró SIN LUGAR el Recurso de Nulidad que interpusiera la mencionada empresa, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO DEL ESTADO GUÁRICO.
Este Tribunal en virtud de que el referido recurso se interpuso tempestivamente, se ADMITE y en consecuencia OYE EN AMBOS EFECTOS la apelación ejercida y notificas como se encuentran las partes de la referida sentencia, ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo como órgano ad quem según lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese oficio.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abog. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. JP41-G-2013-000030
RADZ/RJRF/ojgj