REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, seis (06) de junio de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

Visto el volumen de causas en estado de sentencia que cursan ante este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, este Tribunal DIFIERE la oportunidad para sentenciar por un lapso de treinta (30) días de despacho, contados a partir de la presente fecha inclusive.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,



Abog. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN.





Exp. Nº JP41-G-2013-000060
RADZ/RJRF/ojgj