REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, nueve (09) de junio de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

Definitivamente firme como se encuentra la sentencia dictada en la presente causa, este Juzgado Superior, declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente expediente, conformado por una (1) pieza contentiva de ciento dos (102) folios útiles y una (01) pieza de antecedentes administrativos, contentiva de sesenta y nueve (69) folios útiles.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,



Abog. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN





Exp. Nº JE41-G-2004-000008
RADZ/RJRF/gcmm