REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, nueve (09) de junio de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

Vista la diligencia de fecha 06 de junio de 2014 mediante la cual el abogado Eduardo LÓPEZ SANDOVAL (INPREABOGADO Nº 70.410), actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana YULI MARGARITA ARAQUE ARANGURE (Cédula de Identidad Nº 6.232.729), solicitó: “…Se me expida dos (02) Juegos de copias certificadas de los folios 35 al 46, ambos inclusive (…) Solicito, además, copia digitalizada de la grabación de Audiencia de Juicio, folio 244…”. Este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, ACUERDA la certificación de los mencionados folios por cuanto consta en copias certificadas, se ORDENA la reproducción del disco compacto contentivo de la audiencia de juicio celebrada el día 09 de abril de 2014, previa consignación de los fotostatos necesarios y del CD, ahora bien se niega la certificación del folio 35 ya que el mismos consta en copia simple.
El Juez

Abog. Rafael Antonio Delce Zabala

El Secretario

Abog. René del Jesús Ramos Fermín


Exp. Nº JP41-G-2013-000066
RADZ/RJRF/ojgj