REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
EN SU NOMBRE
 
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, Valle de la Pascua, Veinticinco (25) de Junio de 2014.-
 
204º y 155º
 
PARTE DEMANDANTE: EUCLIDES RAFAEL JURADO SEIJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.569.918, y de este domicilio.
 
PARTE DEMANDANTE: MARIBEL GAMEZ LEDEZMA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nº 9.889.369, y de este domicilio.
 
MOTIVO: DIVORCIO.-
 
EXPEDIENTE Nº: 18.947.-
 
 
En el día de hoy Veinticinco (25) de Junio de 2014, siendo las 11:00 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar el acto de contestación en el presente juicio, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal por el Alguacil y no habiendo comparecido la parte actora, en forma alguna ni por si ni por medio de apoderado; ni la parte demandada en forma personal, el Tribunal así lo hace constar y declaró extinguido el proceso de conformidad con el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil Vigente.  Se dá por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Désele salida al presente expediente, en el libro respectivo y en su oportunidad remítase con oficio al Archivo Judicial Ext. Valle de la Pascua, del Estado Guárico.      
 
El Juez		
 
			
 
Dr. José A. Bermejo.
 
La Secretaria 
 
 
 
 
 
 
Exp. Nº 18.947
 
JB/cm/lg.-
 
 
 
 
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