REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, Valle de la Pascua, Veinticinco (25) de Junio de 2014.-
204º y 155º
PARTE DEMANDANTE: EUCLIDES RAFAEL JURADO SEIJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.569.918, y de este domicilio.
PARTE DEMANDANTE: MARIBEL GAMEZ LEDEZMA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nº 9.889.369, y de este domicilio.
MOTIVO: DIVORCIO.-
EXPEDIENTE Nº: 18.947.-

En el día de hoy Veinticinco (25) de Junio de 2014, siendo las 11:00 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar el acto de contestación en el presente juicio, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal por el Alguacil y no habiendo comparecido la parte actora, en forma alguna ni por si ni por medio de apoderado; ni la parte demandada en forma personal, el Tribunal así lo hace constar y declaró extinguido el proceso de conformidad con el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil Vigente. Se dá por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Désele salida al presente expediente, en el libro respectivo y en su oportunidad remítase con oficio al Archivo Judicial Ext. Valle de la Pascua, del Estado Guárico.
El Juez

Dr. José A. Bermejo.
La Secretaria





Exp. Nº 18.947
JB/cm/lg.-