REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico
Calabozo, Veinte (20) de Marzo de dos mil catorce (2014)
203° y 154º

PRESUNCION DE DESESTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO

N° DE EXPEDIENTE: JP61-L-2013-000003
PARTE ACTORA: RAFAEL ANGEL VILLAVICENCIO BLANCO, titular de la cedula de identidad Nº 14.926.367
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
PARTE DEMANDADA: NELSON COSTA, DISTRIBUIDORA COCOROTE C.A. y MANUEL LARA
REPRESENTANTES DEL PATRONO: ARGENIS HERNANDEZ, inpreabogado Nº 158.048
MOTIVO: RECLAMACION DE BENEFICIOS LABORALES.
En el día hábil de hoy Jueves Veinte (20) de Marzo de 2014, siendo las nueve horas (9:00 a.m.) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar incoado por el ciudadano RAFAEL ANGEL VILLAVICENCIO BLANCO, titular de la cedula de identidad Nº 14.926.367, contra NELSON COSTA, DISTRIBUIDORA COCOROTE C.A. y MANUEL LARA; previo el anuncio de Ley se le dio inicio a la misma, compareciendo por ante este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, el Ciudadano ARGENIS HERNANDEZ, inpreabogado Nº 158.048, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano NELSON COSTA; así mismo, se deja constancia que la parte demandante ciudadano RAFAEL ANGEL VILLAVICENCIO BLANCO, no compareció ni por si ni mediante apoderado judicial alguno, por lo que se declara la presunción de desistimiento del procedimiento, todo ello de conformidad con lo establecido en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo, terminó, se leyó y estando conformes firman.
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EL JUEZ,

ABG. PABLO CESAR ARISTIMUÑO
LA SECRETARIA,

APODERADO JUDICIAL DEL DEMANDADO


DEMANDADO