REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMOTERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
PARTE ACTORA: YOLANDA CAROLINA BETHENCORUT DE HERRERA, venezolana, mayor de edad, viuda y titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.397.771.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: IRENE GAMARDO MEDINA, Abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 57.945.
PARTE DEMANDADA: ALEXIS YUVANI MARQUEZ RAMIREZ, DARWINS EDUARDO PABON MENDEZ y DARSI GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.226.714 y V-12.642.704 los dos primeros.
ABOGADO ASISTENTE y/o APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: No tiene constituido en autos.
MOTIVO: RENDICION DE CUENTA
EXPEDIENTE: AP31-V-2012-000366
Se inició el presente procedimiento mediante libelo de demanda por RENDICION DE CUENTA presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil del Área Metropolitana de Caracas por la parte actora, debidamente asistida de abogado, en el cual alega que consta de Asamblea de fecha 29 de enero del 2009, registrada en fecha 28 de mayo de 2009, inscrita bajo el Nº 2, Tomo 100-A SDO, del Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital, de la Empresa INVERSIONES VERODA, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital, en fecha 19 de enero de 2006, bajo el Nº 14, tomo 6-A-2006- SDO., que es la propietaria de DOS MIL (2000) ACCIONES en la citada compañía y esta en comunidad con los ciudadanos ALEXY YUVANY MARQUEZ RAMIREZ, antes identificado, propietario de DOS MIL QUINIENTAS ACCIONES y DARWINS EDUARDO PABON MENDEZ, antes identificado, poseedor de QUINIENTAS (500) ACCIONES. Dicha empresa funciona en la calle Sucre, Edificio María Consuelo, Planta baja, Local 2, Chacao (…) Ahora bien ciudadano Juez, es necesario resaltar que desde que compro las acciones en la empresa INVERSIONES VERODA, C.A. anteriormente identificada, no ha recibido sus utilidades como propietaria de las DOS MIL ACCIONES que posee, no ha tenido acceso a los estados financieros de ganancias y pérdidas, los informes del comisario, los libros contables, documentos, comprobantes y recibos de pagos de obligaciones fiscales u otras, igualmente desconoce cuales fueron las utilidades no distribuidas de los ejercicios o actividad comercial desde que es accionista hasta el día de hoy, auque tenga el cargo de Directora de la Empresa antes señalada, se le ha negado por parte del copropietario ciudadano ALEXY YUVANY MARQUEZ RAMIREZ, anteriormente identificado, el acceso a la sede de INVERSIONES VERODA, C.A., ubicada en la calle Sucre, Edificio María Consuelo, Planta Baja, Local 2, Chacao, y es por ello que acude ante su competente autoridad para solicitar que se rindan las cuentas en general de la actividad comercial de la mencionada empresa.
En fecha 15 de marzo de 2012 se admitió la demanda y se ordenó la citación de los demandados para que comparecieran ante este Tribunal a los veinte (20) días de despacho siguiente a la constancia en autos de la intimación que del último de ellos se practique.
En fecha 19 de marzo de 2012, compareció la ciudadana YOLANDA BETHENCOURT, asistida por la abogada Irene Gamardo, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 57.945 y otorgó Poder Apud Acta a los siguientes abogados IRENE GAMARDO MEDINA, ANA MARIA GAMARDO MEDINA, HELEN CARACAS VARGAS y VICTOR GAMARDO MEDINA, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros. 57.945, 57.955, 68.909 y 90.712 respectivamente.
En fecha 11 de abril de 2012, compareció la ciudadana Irene Gamardo en su carácter de apoderada judicial de la parte actora y mediante diligencia consignó las copias a los fines de librar la compulsa de citación, igualmente dejó constancia de haber cancelado los emolumentos.
En fecha 26 de abril de 2012, mediante auto se acordó oficiar al Colegio de Contadores Públicos del Distrito Capital a los fines de que informe el número de cédula de la ciudadana DARSI GONZALEZ, inscritas en el Colegio de Contadores Públicos del Distrito Capital bajo el Nº 14.532. En esta misma fecha se libraron las correspondientes compulsas de intimación a la parte demandada.
En fecha 28 de junio de 2012, compareció el ciudadano Douglas Vejar, Alguacil adscrito a la Coordinación de Alguacilazgo y consignó oficio Nº 226 de fecha 26-04-2012, debidamente firmado por el Colegio de Contadores Públicos del Distrito Capital.
En fecha 09 de julio de 2012, compareció la apoderada judicial de la parte actora y solicitó se habilite todo el tiempo que sea necesario del día 14 de julio del presente año, a los fines que el Alguacil practique la citación y mediante auto de fecha 07-08-2012, se acordó la habilitación del día sábado 11 de lo corrientes, en las horas comprendidas de 8:00 a.m. y 6:00 p.m. a los fines de la practica de la citación.
En fecha 14 de agosto de 2012, compareció la ciudadana LIGIA Zulia Reyes, en su carácter de Alguacil adscrita a la Coordinación de Alguacilazgo y consignó las compulsas de citación sin firmar.
En fecha 26 de septiembre de 2012, compareció la apoderada judicial de la parte actora y solicitó el desglose de la compulsa a los fines de la practica de la citación a la parte demandada y mediante auto de fecha 23-10-2012, se acordó el desglose de las compulsas y remitirlas a la Unidad de Coordinación de Alguacilazgo de los Juzgados de Municipio.
En fecha 21 de noviembre de 2012, compareció el ciudadano Horacio Ramos, en su carácter de Alguacil adscrita a la Coordinación de Alguacilazgo y consignó las compulsas de citación sin firmar.
En fecha 20 de diciembre de 2012, compareció la apoderada judicial de la parte actora y ratificó el oficio de fecha 26-04-2012 y mediante auto de fecha 17-01-2013, se acordó ratificar el oficio Nº 0226 de fecha 26-04-2012, dirigido al Colegio de Contadores Públicos del Distrito Capital.
En fecha 18 de febrero de 2013, compareció la apoderada judicial de la parte actora y solicitó la apertura del cuaderno de medidas.
En fecha 18-02-2013, mediante auto se insto a la apoderada judicial de la parte actora a consignar los fotostatos a los fines de la apertura del cuaderno de medidas.
En fecha 06 de mayo de 2013, compareció el ciudadano Ricardo Palmieri, en su carácter de Alguacil adscrito a la Coordinación de Alguacilazgo y consignó oficio Nº 2013-0022, debidamente firmado por el Colegió de Contadores Públicos del Distrito Capital.
En fecha 27 de enero de 2014, compareció la ciudadana Irene Gamardo, abogada en ejercicio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 57.945, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora y desistió del presente procedimiento.
Al respecto, el Tribunal observa:
Establece el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil:
“En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria.”
Por lo anteriormente expuesto y en atención a la norma anteriormente transcrita y acogiéndose a la misma, este Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN en todas y cada una de sus partes al Desistimiento formulado por la parte actora el 27/01/2014, con motivo del juicio que por RENDICION DE CUENTA tiene incoado YOLANDA CAROLINA BETHENCOURT DE HERRERA contra ALEXIS YUVANI MARQUEZ RAMIREZ, DARWINS EDUARDO PABON MENDEZ y DARSI GONZALEZ, antes identificados y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. ASÍ SE DECIDE.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE y DÉJESE COPIA EN EL COPIADOR DE SENTENCIAS DEL TRIBUNAL.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los diez (10) días del mes de marzo de dos mil catorce (2014).- Años: 203º y 155º.
LA JUEZ,
Abg. IRENE GRISANTI CANO
EL SECRETARIO,
ABG. EDWIN F. HERRERA
En la misma fecha siendo las ____________., se registró y publicó la anterior decisión.-
EL SECRETARIO,
ABG. EDWIN F. HERRERA
IGC/EFH/
EXP. AP31-V-2012-000366
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