REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, doce (12) de marzo de dos mil catorce (2014)
203º y 154º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2014-000050
PARTE ACTORA: JESUS ANTONIO SANABRIA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO
PARTE DEMANDADA: GRUPO LT, C.A
PARTE CO-DEMANDADA: ORGANIZACIÓN TORRE Y ASOCIADOS Y/O GRUPO SCOP
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO ACREDITO
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROAS CONCEPTOS LABORALES

ACTA DE INICIO DE AUDIENCIA PRELIMINAR
En el día hábil de hoy, doce (12) de marzo de dos mil catorce (2014), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, el Tribunal deja constancia de la comparecencia del ciudadano EDUARDO RAFAEL HERRERA CASTILLO, asistido en este acto por la profesional del derecho ciudadana THAIS MILAGROS GUILLEN VALBUENA, abogada inscrita en el IPSA bajo el Nº 139.995. En este estado, el Tribunal deja expresa constancia que la parte actora, ciudadano JESUS ANTONIO SANABRIA, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 203° y 154°.
EL JUEZ
ABG. DANILO SERRANO

LOS PRESENTES
EL SECRETARIO
ABG. PEDRO RAVELO
AP21-L-2014-000050
DS/Pr.