REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, doce (12) de marzo de dos mil catorce (2014)
203º y 155º

Vista la decisión Nº PJ0102014000013 dictada por este Juzgado en fecha 20 de febrero de 2014, mediante la cual se declaró INCOMPETENTE para conocer de la demanda interpuesta, se ordena de conformidad con lo establecido en la aludida decisión remitir el presente asunto a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo. Líbrese oficio. Remítase el Expediente.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,


Abg. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN



Exp. Nº JP41-G-2014-000014
RADZ/RJRF/ggpr