REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veinticuatro (24) de marzo de dos mil catorce (2014)
203º y 155º


Visto que por auto de fecha 20 de julio de 2012 este Juzgado se ABOCÓ al conocimiento de la presente causa, contentiva de demanda por estimación e intimación de honorarios profesionales interpuesta por el abogado Santiago José VILERA (INPREABOGADO Nº 47.537), contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JOSÉ TADEO MONAGAS DEL ESTADO GUÁRICO. Este Órgano Jurisdiccional advierte que por cuanto no fueron notificadas las partes, se ordena librar el respectivo oficio y boleta, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en el entendido de que transcurrido el término de diez (10) días continuos contados a partir del día siguiente a que conste en autos la última de las notificaciones, comenzarán a transcurrir los cinco (5) días de despacho a que se refiere el artículo 48 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.451 del 22 de junio de 2010, a los fines de que las partes puedan hacer uso del derecho consagrado en la mencionada norma. Una vez vencido dicho lapso, la causa reanudará su curso al estado en que se encuentra.
El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA

El Secretario,




Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN


Exp. Nº JE41-G-2002-000039
RADZ/RJRF/mpgn