REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, seis (06) de marzo de dos mil catorce (2014)
203º y 155º

Notificadas como se encuentran las partes de la remisión del presente asunto a la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros en virtud de la sentencia Nº: 2013-000151 dictada por este Juzgado en fecha 08 de mayo de 2013 mediante la cual se declaró INCOMPETENTE para seguir conociendo de la acción interpuesta, este Tribunal ordena remitir el presente expediente a la aludida Coordinación. Líbrese oficio. Remítase el expediente.

El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA



El Secretario,



Abog. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN





Exp. Nº JE41-G-2009-000092
RADZ/RJRF/mpgn