REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, seis (06) de marzo de dos mil catorce (2014)
203º y 155º

Visto el auto de fecha 05 de febrero de 2014, mediante el cual este Juzgado ADMITIÓ el recurso de apelación interpuesto en fecha 03 del mismo mes y año por el abogado Radislav RADULOVIC REYES (INPREABOGADO Nº 73.132), actuando en su carácter de Síndico Procurador del Municipio Leonardo Infante del estado Guárico, se ordena de conformidad con lo establecido en el referido auto abrir cuaderno separado y remitirlo a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo. Cúmplase lo ordenado. Líbrese oficio.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,


Abg. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN



Exp. Nº JP41-G-2013-000004
RADZ/RJRF/ggpr