REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiocho de mayo de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: AP21-L-2012-004096

Revisadas como han sido las actas procesales, con ocasión a la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, incoada por el ciudadano LEONARDO FRANCISCO PÉREZ CORONA, cédula de identidad N°V-13.580.070 en contra de la sociedad mercantil PERIÓDICO 6to PODER C.A., este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Ejecución, observa que en fecha 22 de mayo de 2014, se trasladó y constituyó en la sede de la parte Demandada y ésta procedió a dar cumplimiento al decretó de ejecución forzosa en tanto que pagó a la parte Actora la cantidad de BOLÍVARES FUERTES OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON SETENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs.F.82.239,72), más BOLÍVARES FUERTES DOCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO CON NOVENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs.F.12.335.96), correspondientes al 15% por costas de ejecución. Igualmente, procedió a pagar a la ciudadana experta contable-auxiliar de justicia GILDA GARCÉS la cantidad de BOLÍVARES FUERTES NUEVE MIL CUATROCIENTOS DIECISÉIS SIN CÉNTIMOS (Bs.F.9.416), con ocasión a la elaboración de la experticia complementaria del fallo. En consecuencia este Tribunal le imparte la HOMOLOGACION al tal cumplimiento. Igualmente, se insta a la parte Actora a retirar por la Oficina de Control de Consignaciones, el instrumento valor (cheque), a su favor, a cuyos efectos se ordena librar oficio a la Oficina de Control de Consignaciones a los fines legales y administrativos consiguientes. Finalmente, una vez consten en autos que la parte Actora retiró el instrumento valor se ordenará dar por terminado el presente asunto. Líbrese oficio. Así se establece.-

La Jueza


Abg. Mariela de Jesús Morales Soto
El Secretario


Abg. Alejandro Alexis