N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2014-000132
PARTE ACTORA: YAILETH DEL CARMEN TORRES
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: PEREZ ALEXANDER, FRANIA BASTARDO, MARCIAL VARGAS., REINALDO GONZÁLEZ
PARTE DEMANDADA: CENTRO HIPICO DE ECUADOR I.N.C.A., (CONOCIDO COMO CENTRO HIPICO SOL Y SOMBRA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: VALENTINA VILLALBA y MARYORI CASTILLO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 08 de mayo de 2014, a las 02:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la ciudadana YAILETH DEL CARMEN TORRES, titular de la cédula de identidad Nº 12.534.902, en su carácter de parte actora, representada por e abogado ALEXANDER PÉREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.145, por una parte y, por la otra las VALENTINA VILLALBA y MARYORI CASTILLO, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 153.612 y 95.615, respectivamente, en su carácter de apoderadas judiciales de la parte demandada, quienes han llegado al siguiente acuerdo: La parte demandad a los fines de ponerle fin al proceso y llegar a un acuerdo ofrece pagar por todos y cada uno de los conceptos reclamados en el libelo de la demanda, la cantidad de SETENTA MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 70.000,00), a través de cheque a nombre de la trabajadora, en fecha jueves 15 de mayo de 2014, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos; la parte actora visto el ofrecimiento realizado por la parte demandada, lo acepta en los términos expuestos y señala que nada tiene que reclamar ni por los conceptos aquí demandados, ni por ningún otro que se derive o pueda derivarse de la relación de trabajo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Asimismo, se deja constancia que se devolvieron las pruebas promovidas por las partes, al inicio de la Audiencia Preliminar. Finalmente, se deja constancia que se ordenará el cierre y archivo del expediente una vez conste en autos el cumplimiento aquí acordado.
La Jueza,
Abg. Karla González Mundaraín
Parte actora y su apoderado judicial
Apoderadas judiciales de la parte demandada
La Secretaria,
Abg. Luisana Cote
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