REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, doce (12) de mayo de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

De una revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente asunto se advierte diligencia de fecha 05 de mayo de 2014 consignada por el abogado Jorge MEJIA (INPREABOGADO Nº 13.201), en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ADRIAN RAFAEL ROJAS MUJICA (Cédula de Identidad Nº 6.902.696), mediante la cual solicitó: “… al Tribunal proceda a la ejecución de la sentencia…” observa este tribunal, que el 31 de julio de 2002 el Juzgado de Primera Instancia Accidental del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico dictó sentencia mediante la cual declaró CON LUGAR la acción interpuesta y ordenó la reincorporación del recurrente al cargo que venía ocupando y el pago de los sueldos y demás beneficios socio económicos referidos a la prestación del servicio, la cual fue confirmada en fecha 13 de junio de 2006 por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo.

Se advierte además, que en fecha 23 de octubre de 2013 se ofició al Presidente de la Compañía Anónima Nacional de Teléfonos de Venezuela (CANTV), a fin de solicitarle información respecto al cumplimiento del referido fallo.

Ahora bien, por cuanto no consta que se haya dado cumplimiento al referido fallo, este Órgano Jurisdiccional ordena oficiar al Presidente de la Compañía Anónima Nacional de Teléfonos de Venezuela (CANTV) a los fines de que ejecute voluntariamente el referido fallo, concediéndosele un lapso de sesenta (60) días continuos, contados a partir de que conste en autos la notificación, a los fines de que informe respecto a la oportunidad y forma de cumplimiento de la aludida decisión. Todo de conformidad con el artículo 87 del Decreto, con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República . Líbrese oficio.

El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA

El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN



Exp. Nº JE41-G-2007-000118
RADZ/RJRF/mpgn