REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, catorce (14) de mayo de dos mil catorce (2014)
204º y 155º
Definitivamente firme como se encuentra la sentencia dictada en la presente causa, este Juzgado Superior, declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente expediente, conformado por una pieza contentiva de ciento treinta y tres (133) folios y un cuaderno separado de doce (12) folios útiles.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abog. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-O-2003-000001
RADZ/RJRF/ojgj