REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, catorce (14) de mayo de dos mil catorce (2014)
204º y 155º


Vista la sentencia Nº 2013-000263 dictada por este Juzgado en fecha 18 de noviembre de 2013, en la cual se declaró CON LUGAR el recurso por abstención o carencia interpuesto por el ciudadano GILBERTO JOSÉ RODRÍGUEZ BARRIOS (Cédula de Identidad Nº 8.799.675), asistido de abogado, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LEONARDO INFANTE DEL ESTADO GUÁRICO, en la misma se ordenó a las autoridades del aludido Municipio dar adecuada respuesta a la solicitud de inscripción inmobiliaria de la parcela de terreno descrita en el escrito libelar y a la solicitud de otorgamiento de la respectiva cédula catastral, en el lapso establecido en la parte motiva del fallo dictado, este Órgano Jurisdiccional ordena oficiar al Síndico Procurador del Municipio Leonardo Infante del estado Guárico, a los fines que informe si dio cumplimiento a la referida sentencia, en cuyo caso deberá remitir las documentales de las cuales se verifique dicho cumplimiento. De no haber dado cumplimiento debe informar a este Tribunal forma y oportunidad de hacerlo, otorgándole para ello un lapso de treinta (30) días continuos, de no cumplir lo ordenado en el lapso establecido este Tribunal oficiará al Ministerio Público a los fines legales consiguientes. Líbrese oficio.

El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA

El Secretario,


Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN




Exp. Nº JP41-G-2013-0000004
RADZ/RJRF/mpgn