REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, quince (15) de mayo de dos mil catorce (2014)
204º y 155º
Visto que mediante diligencia de fecha 13 de mayo de 2014, el abogado Franklin AGÜERO HERNÁNDEZ (INPREABOGADO Nº 30.008) actuando como apoderado judicial de la Sociedad mercantil TOPELAR C.A., solicitó “…se ordene la entrega y devolución de los documentos originales que rielan en los folios 142 al 159, 161 al 213 y 252 al 254…”, este Juzgado Superior ordena de conformidad con lo solicitado, y previa consignación de los fotostatos se acuerda el desglose de los referidos folios, dejándose en su lugar, copia fotostática debidamente certificada, se niega la certificación de las documentales insertas a los folios 142 al 145 ya que los mismos corresponden a un ejemplar de edición diría de circulación Nacional, de “Los Hechos Empresariales” de fecha 03 de octubre de 2011.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JP41-G-2013-000074
RADZ/RJRF/mpgn