REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintiuno (21) de mayo de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

Vista la diligencia de fecha 19 de mayo de 2014 mediante la cual la ciudadana Mirleny Aida BALZA CAMERO (Cédula de Identidad Nº 10.268.124), actuando en su carácter de accionista de la sociedad mercantil “INVERSIONES CIUDAD CALABOZO, C.A.”, asistida de abogada, solicitó: “…Copia Certificada de los folios del veintiséis (26) al sesenta y cuatro (64) ambos inclusive de la Pieza Nº 2, y folios del cuatrocientos veinte (420) al cuatrocientos setenta y uno (471) ambos inclusive de la Pieza Nº 1, del presente expediente los cuales acompaño en copia fotostática a la presente solicitud…”. Este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, ACUERDA la certificación de las referidas copias en la pieza uno de los folios 420 al 471, y en la pieza dos los folios 26 al 64, por cuanto consta en original.
El Juez

Abog. Rafael Antonio Delce Zabala

El Secretario

Abog. René del Jesús Ramos Fermín


Exp. Nº JE41-G-2010-000090
RADZ/RJRF/ojgj