REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, cinco (05) de mayo de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

Vista la diligencia de fecha 29 de abril de 2014 mediante la cual el abogado Roberto BOLÍVAR (INPREABOGADO Nº 29.849), actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS ENRIQUE RAMÍREZ VELIZ (Cédula de Identidad Nº 10.670.070), apeló de la inadmisión de las pruebas de informes y de inspección judicial dictada mediante auto de fecha 22 de abril de 2014, en la querella funcionarial que interpusiera el aludido ciudadano contra, la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO.

Este Tribunal en virtud de que el referido recurso se interpuso tempestivamente, se ADMITE y en consecuencia OYE EN UN SOLO EFECTO de conformidad con lo dispuesto en los artículos 88 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ordena abrir cuaderno separado y remitirlo a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo. Remítase el cuaderno separado, para lo cual la parte interesada deberá proveer los fotostatos necesarios.
El Juez,

Abog. RAFAEL ANTONIO DELCE ZABALA
El Secretario,

Abog. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN

Exp. JP41-G-2013-000081
RADZ/RJRF/mpgn