REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL DEL MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO “JOSÉ FÉLIX RIBAS” DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO.
TUCUPIDO, 19 DE MAYO DE 2014.
204º Y 154º
Vista la diligencia que antecede suscrita por la Ciudadana: JOHANA JACKELINE CAÑAS DIAZ, en su carácter de representante de los menores xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, quién Desiste de la acción y del procedimiento en la presente causa.- EL TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, LO DA POR CONSUMADO E IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN en la presente causa.- Se acuerda oficiar al Banco Bicentenario, Sucursal Tucupido, a los fines de la cancelación de la cuenta de ahorro N° 1xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, a nombre de la Ciudadana JOHANA JACKELINE CAÑAS DIAZ.- Se ordena el Archivo del presente expediente.- Provéase lo conducente.-
La Jueza Provisoria;
Abg. Rosa Virginia Anzola Páez.- La Secretaria Accidental;
Lcda. Mildred Moreno Soler.
En la misma fecha, se acordó librar Oficio N° , y se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior del Tribunal.-
La Secretaria Accidental;
Lcda. Mildred Moreno Soler.
Exp. Nº 1184-2011.
RVAP/ mildred.-
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