REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL VIGESIMO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 12 de Mayo de 2014.
204° y 155°
Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos DALIA EFIGENIA DAVILA ARISMENDI y PEDRO JOSE DAVILA ARISMENDI, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-13.852.142 y V-10.518.841, respectivamente, causahabientes de CARMEN TERESA ARISMENDI LOPEZ, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-2.902.490, fallecida Ab-Intestato, en fecha 06 de agosto de 2013 en la Parroquia Antimano, Municipio Libertador del Distrito Capital. Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.- Cúmplase.
LA JUEZ,
MARIA DEL CARMEN GARCIA HERRERA
LA SECRETARIA,
ARELIS FALCON
Exp- AP31-S-2013-011709
MCGH/AF/CH